Hola compañeros. Lo primero mandaros un saludo muy fuerte desde Málaga.
Quisiera que me ayudarais en una duda existencial. Nuestros hábiles ministros, acaban de aprobar en el consejo de ministros de hoy 4 de marzo, que la reducción de velocidad a 110 Km/h de autopistas y autovías, aparezca publicada en BOE como modificación al artículo 48 del Reglamento General de Circulación.
La pregunta que os hago es ¿Cómo afectará al menos hasta el 30 de junio esta medida para a nuestros alumnos a nivel teórico?. ¿Han sido conscientes nuestros geniales ministros que con dicha modificación tambien deben cambiar todo el sistema de test de nuestra, por otro lado, eficiente DGT?. Porque, si no fuese así, ¿podriamos enviarles a los alumnos uno por uno a pedirles cuentas por las preguntas de velocidad máxima en autopista o autovías?
Se puede estar o no deacuerdo con la medida, pero creo que NADIE puede decir que las formas han sido las correctas, con lo que tal medida, pierde su aceptación en la memoria colectiva por absurda.
Os pido perdón por las vueltas de coco, pero uno quiere desahogarse de vez en cuando con alguien que le entienda, cómo suele decirse.
Un saludo